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Jaime I reglamenta los pesos y medidas de la ciudad y reino de Valencia.

Sepan todos que nosotros, Jacobo, rey de Aragón, Mallorca y Valencia, Conde de Barcelona y Señor de Montpellier, según las costumbres que hemos establecido para la ciudad y el reino de Valencia, en la ciudad y en todas las villas, castillos y otros lugares de este mismo reino, hemos decidido y decretado, tanto por nuestra parte como por la de nuestros sucesores, que la marca tenga y contenga ocho onzas, y que cada onza contenga veinticuatro dineros, siendo cada dinero equivalente a dieciséis sueldos de la marca; que la libra contenga doce onzas de la marca; que la arroba y el cuartillo de vino contengan treinta libras; que el quintal esté compuesto por cuatro arrobas, siendo cada arroba de treinta libras; que la libra de carne tenga tres libras, aunque cada libra conste de doce onzas; que el cahiz tenga seis fanegas rasas; que la fanega contenga ocho almuts rasos, y en el medio y en los bordes de la fanega haya una vara de hierro, y que la boca de la fanega y del almut sea igual en todas sus partes.

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Jaime I concede a los habitantes de Valencia que puedan tener cuatro jurados.

Nos, Jaime, por la gracia de Dios Rey de Aragón, Mallorca y Valencia, Conde de Barcelona y Señor de Montpellier, otorgamos a los hombres buenos y a la universidad de Valencia el derecho de tener cuatro jurados residentes en la ciudad de Valencia. Estos jurados tendrán la autoridad para gobernar, administrar y dirigir la ciudad y sus alrededores, siempre en lealtad a nosotros y buscando el bien común, respetando las leyes y costumbres locales. Este mandato tendrá vigencia desde la festividad de San Miguel en septiembre durante un año completo.

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Más vale lo que en verdad es hecho que lo que falsamente es escrito.

En contratos o en hechos la verdad de la cosa debe ser considerada más que la escritura, es decir, que si alguna cosa fuera dicha o hecha entre algunos en verdad y luego otra cosa fuera fingidamente escrita, tiene más validez lo que se hiciera o dijese en  la verdad que lo que fuese escrito fingidamente.

Si alguien hiciera carta de venta de aquella cosa que hubiese empeñado o de otra cosa parecida, si esto puede ser probado,  que tal venta fingida no tenga validez, aunque la carta hable de venta. Este fuero fue explicado y traducido al romance por el señor rey. 

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El Almodí.

¿Sabías que el término “almudín” o “almodí” hace referencia a un espacio reservado para el almacenaje y la comercialización de cereales como el trigo?

En la región valenciana, aún se preservan ejemplos notables en localidades como Xàtiva, Orihuela, Morella, Gandía y la propia Valencia. Estos lugares eran esenciales para las administraciones locales, que a menudo enfrentaban escasez de granos, y por ende, la gestión adecuada de estos recursos era una prioridad.

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Jaime I concede franquicias a los pobladores de Valencia.

Para fomentar el ánimo de las personas a poblar y habitar en la ciudad de Valencia, Nos, Jacobo, por la gracia de Dios, Rey de Aragón, de Mallorca, de Valencia, conde de Barcelona y Urgel y señor de Montpellier, por nosotros y todos nuestros sucesores, concedemos, alabamos y otorgamos a todos y cada uno de los pobladores y habitantes de la ciudad de Valencia y de todo su término, presentes y futuros, para siempre, que ni vosotros ni vuestros sucesores jamás paguéis peso, medida, leuda, peaje, portazgo ni ribazo por ninguna clase de mercancías ni por ninguna otra cosa propia que llevéis, hagáis llevar o vender, o tengáis en la ciudad y en todo el término de la ciudad de Valencia o de allí saquéis o hagáis sacar, por motivo de comercio o por cualquier otra causa o manera o razón, o allí enviéis o hagáis enviar;

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Quien golpee a su padre o a su madre…

“Quien golpee a su padre o a su madre con la mano o con el pie, que le sea cortada la mano o el pie con el que le haya golpeado…”

En los días del rey Jaime, cuando la justicia se impartía en plazas y palacios, se promulgó un edicto que fue escuchado desde las murallas de la ciudad hasta los más lejanos campos del Reino de Valencia. “Que ningún hombre o mujer, bajo nuestro sol y nuestra corona, levante la mano o el pie contra la sangre de su sangre, contra aquellos que le dieron vida”, proclamaba el heraldo con voz firme.

“Porque aquel que olvide la sacralidad del vínculo que une a progenitor y descendiente, y se atreva a mancillar con violencia la carne de su carne, sufrirá la pena de la ley en igual medida. Que la mano que golpeó sea cortada, que el pie que pateó sea separado, como testimonio de que la justicia de Valencia no tolera la traición a la sangre.”

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Dañadores nocturnos de viñas.

¿Sabes quienes eran los “dañadores nocturnos de viñas”?

En la Valencia medieval, los “dañadores nocturnos de viñas, de huertos y de campos” eran individuos que, bajo el amparo de la noche, se dedicaban a vandalizar y destruir propiedades agrícolas. Estas acciones podían incluir la rotura de cercas, la tala de árboles frutales, la destrucción de cultivos o el robo de cosechas.

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De batallas.

Mi nombre es Arnau, Arnau de Seguí, un humilde servidor de la Orden del Temple. Hoy, tras años de ausencia, mis pasos resuenan en el empedrado que lleva a las puertas de mi ciudad natal. La Séptima Cruzada ha quedado atrás y, con ella, los desiertos abrasadores y los cielos estrellados de Oriente. 

Recuerdo el día que partí, con la cruz roja sobre mi pecho y el corazón lleno de fervor. Juré proteger Tierra Santa y luchar por mi fe. Pero la guerra… La guerra tiene un precio que no se paga sólo con oro o sangre. Se paga con el alma, con cada recuerdo de aquellos que caen a tu lado, con cada oración susurrada en la soledad de la noche. 

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De los límites del reino y de la ciudad de Valencia.

 

Estos son los límites del reino de Valencia: de Alcanar de Ulldecona, que está junto al mar, según asciende el río hacia arriba, y pasa por la Senia, y sale a Benifassà, quedando Benifassà dentro del término del reino de Valencia y Morella con sus límites, con Monroig y sale al Riu de les Truites, que está cerca de la Iglesuela; y según va a Arcedo y a Aledo, los cuales están dentro de dicho reino. Y según va a la Mosqueruela, y de la Mosqueruela a Mora, e incluimos Rubielos en el dicho reino; y de Mora, tal y como va a la Fuente de la Babor, y así como sigue el río de Albentosa y sale a la Manzanera, pero más allá del río es de Aragón, y del río hacia aquí es del reino de Valencia. Y así como va a la sierra de Javalambre; y de la sierra de Javalambre según se sale a Castellfabib y a Ademuz, y estos dos castillos son del reino de Valencia. Y de Ademuz según llega al término que divide Ares y Santa Cruz; y de allí según sale al término de Tuejar, y de Chelva y sale a Sinarcas y a Xerelli, y pone término con Castilla. Y así como sale a Xerelli y a la sierra de la Rua, y termina en Cabriel, y al término de Garmoixént, y a la Font de la Figuera; y según sale a Burriana, y de allí a Almizrra y al puerto de Biar, que pone término con Villena; y según va la sierra de Biar hasta entrar en la Mola y hasta el mar, que limita con Busot y con Aigües de Bustot.

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Un refugio para los desprotegidos.

¿Sabías que en la sociedad medieval valenciana, la justicia y la equidad eran principios que se esforzaban por mantenerse en el corazón de la Corte? Durante el reinado de Jaime I se buscó un ideal de igualdad ante la ley que, aunque aspiracional, era un pilar en la concepción de la justicia de la época. Todos, desde los más humildes hasta los más poderosos, debían ser escuchados y sus derechos preservados sin falta.

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De las estatuas y las imágenes.

¿Sabías que durante la Valencia medieval existía una normativa estricta respecto a la representación de lo divino y lo sagrado? En aquel entonces, la ciudad estaba impregnada de un fervor religioso que se manifestaba no solo en la vida cotidiana de sus habitantes, sino también en las leyes que regían la expresión artística.

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