Que todos sepan que Nos, Jacobo, por la Gracia de Dios rey de Aragón, de Mallorca y Valencia, Conde de Barcelona y Señor de Montpellier, por nosotros y nuestros sucesores, os concedemos a todos y cada uno de los buenos hombres y a la Universidad de Valencia y a vuestros sucesores, para siempre, que cualquier ciudadano de la ciudad y término de Valencia y cualquier extranjero, ya sea del reino de Valencia o de cualquier otra dominación, que tiña o haya hecho teñir en la caldera de nuestra tintorería de la ciudad de Valencia el color índigo de bagadell, done diez denarios usuales de la moneda de Valencia por cada libra del dicho índigo de bagadell y diez denarios por tres libras de cualquier otro índigo y, una vez completada la tanallata, lo que quiera que sobrepase en la tanallata completada, permanezca para nosotros y sea nuestro, a nuestras propias voluntades; y los compradores y tenedores, que temporal o permanentemente hayan comprado o poseído dicha tintorería de nosotros o de nuestro baile, tengan leña e higos y sosa y maestro y otros hombres necesarios y útiles para hacer las tintas, sin misión ni gasto alguno de aquellos que allí tiñan. También establecemos para siempre que siempre se den por alnea de pan de lino y de estopa teñidos con índigo prensado cuatro denarios y de índigo de gaz tres denarios por alnea , y de índigo más fino de gaz dos denarios por alnea ,y el fustán done dos denarios y medio por alnea, ya sea verde o azul.
Dado en Valencia, el sexto día antes de los idus de marzo, en el año del Señor de 1251. Signo + de Jacobo… Los testigos son: Gombaldo de Benavent; Berengario de Tornamira; Ferricio de Lizana; G. de Aquilone; Carrocio. Signo + de Pedro Andrés quien… hizo escribir esto…
Archivo Municipal de Valencia. Aureum Opus, cód. I, doc. 40 cód. 5, doc. 44
Este fuero es un documento histórico que refleja las regulaciones comerciales y fiscales de la época en el Reino de Valencia durante el reinado de Jaime I rey de Aragón, Mallorca y Valencia, Conde de Barcelona y Señor de Montpellier.
El fuero se centra en la industria de la tintorería, específicamente en el teñido de índigo, un colorante muy valorado en la época. Establece las tasas fiscales que deben pagarse por el uso de la caldera de la tintorería real para teñir con índigo de bagadell y otros tipos de índigo.
Además, el fuero establece que cualquier exceso de tinte después de la tanallata (un proceso de teñido) es propiedad del rey. También garantiza que los compradores y tenedores de la tintorería tengan acceso a los recursos necesarios para el teñido, como leña, higos y sosa, así como a un maestro y otros trabajadores, sin costo adicional para los que tiñen allí.
Finalmente, el fuero establece las tarifas que deben pagarse por alnea (una medida de longitud) de pan de lino y de estopa teñidos con diferentes tipos de índigo, así como el fustán (un tipo de tela), ya sea verde o azul.
OpenEdition le sugiere que cite este post de la siguiente manera:
Santiago Soler Seguí (3 de abril de 2024). Jaime I regula el oficio de tintorero en la ciudad de Valencia. Valentia Mediaevalis. Recuperado 10 de octubre de 2024 de https://doi.org/10.58079/w5xi
Muy curioso e interesante.
En S. Juan se encontraron enormes tinajas con poso de tinte.